A través de la Comunicación B 12087, el BCRA instrumenta un sistema llamado «COMEX» donde los Bancos deben registrar los CUITs de los clientes donde hayan advertido «inconsistencias» entre las declaraciones juradas de los mismos presentadas a los efectos cambiarios (ventas y compras de cambio) y los datos que figuran tanto en los otros sistemas del BCRA como de cualquier otra índole.
De esta forma, los Bancos deben -antes de autorizar una venta de cambio- revisar si el CUIT del cliente figura en este sistema
COMEX y -si está- verificar exhaustivamente la operación.