| SINCERAMIENTO FISCAL: EL COMPROBANTE DE DEPÓSITO SE DEBERÁ GENERAR 30 MINUTOS ANTES DEL HORARIO DE CIERRE DE LA SUCURSAL BANCARIA
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa a los contribuyentes que abrieron cuentas especiales en los bancos que el comprobante de depósito de efectivo se deberá generar, como tiempo límite, hasta 30 minutos antes del cierre de la sucursal bancaria. Vale recordar que el lunes 21 de noviembre vence el plazo para depositar el dinero en efectivo y se podrá emitir el comprobante para realizar dicho depósito hasta las 14.30. El depósito se deberá realizar en la CBU de la cuenta especial informada en el servicio “Ley 27.260 – Declaración voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior” y se deberá adjuntar el comprobante y constancia del VEP pagado, y firmado por el declarante. Fuente: Prensa de AFIP |
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