Nuevo Régimen de Origen
DECISIÓN 5/2023
Arts. 26 al 31
El Certificado de Origen lo emiten las entidades autorizadas, entre ellas, las Cámaras.
Pero ahora hay otra opción que es la Declaración de Origen que la pueden emitir el Exportador o el Productor.
Ambas son válidas y comprenden lo que se llama la Prueba de Origen.
Resumen
La Prueba de Origen puede ser:
1. Un Certificado (Cámara)
2. Una Declaración de Origen (Exportador o Productor)
3. Una combinación de 1 y 2.
Ver Apéndices V y VI
Están los instructivos para la información que deberá tener la Declaración y como debe ser emitida.
https://normas.mercosur.int/simfiles/normativas/95567_DEC_005-2023_ES_Regimen%20Origen%20MCS.pdf