De esta forma, a partir del 6 de mayo de 2024, se reemplaza el punto 10.10.1.5. de las normas de “Exterior y cambios”, relativo a plazos aplicables para abonar fletes y seguros de importaciones de bienes.
El mismo será reemplazado por: “Los fletes y seguros que formen parte de la condición de compra pactada con el vendedor podrán ser abonados totalmente a partir de la primera fecha en que el importador tenga acceso en virtud de los bienes comprendidos”.
Esto, con la excepción de los “fletes y seguros relacionados al pago de bienes identificados en el punto 10.10.1.3. por los cuales se tendrá acceso al mercado para cancelar su valor desde los 30 (treinta) días corridos desde el registro de ingreso aduanero de los bienes.”
El punto 10.10.1.3. al que se refiere la excepción señala, “desde los 180 (ciento ochenta) días corridos desde su registro de ingreso aduanero se podrá realizar el pago del valor FOB correspondiente a los siguientes bienes: automotores y a aquellos que correspondan a las posiciones arancelarias detalladas en el punto 12.1. que no se encuentren contempladas en puntos precedentes, independientemente de su valor FOB unitario.
Un antes y después
A mediados de 2023 y bajo un contexto de poca disponibilidad de divisas en el país para el pago de las importaciones, las autoridades decidieron limitar el acceso a los dólares para el pago de los fletes, generando alerta en el sector del comercio exterior y afectando la imagen y previsibilidad del país en los mercados internacionales.
Tal es así que las 15 cámaras que representan a toda la cadena del comercio exterior se reunieron con la Aduana y la Secretaría de Comercio para analizar el impacto de la obligación de tramitar SIRASe (permiso para girar pagos al exterior) para cancelar servicios como el flete.
Paulatinamente, desde inicios de 2024, el Banco Central ha flexibilizado y optimizado los plazos y las posibilidades marcando un camino que tiende a la de la dinámica del comercio exterior argentino.
Facilitación pyme
En la misma línea, durante el mes de abril de 2024, el BCRA dispuso la flexibilización del acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), brindándoles la posibilidad de pagar sus importaciones de bienes en un plazo de 30 días. Medida que alcanzó a todas las importaciones con despacho aduanero a partir del 15 de abril que previamente tenían plazo de pago en cuotas a 30, 60, 90 y 120 días.
Asimismo, el organismo facilitó el acceso al MLC para el caso particular de importaciones de bienes de capital, de forma tal que las empresas del segmento pyme pudieron pagar en forma anticipada hasta un 20% del valor del bien a importar.
Desde el BCRA sostuvieron que esta reducción de plazos de pago de importaciones para las MiPyMEs implicó una alineación con las prácticas habituales del comercio internacional y que, a partir de lo determinado, se normalizó el flujo de importaciones para alrededor de 20.000 empresas.
Además, aclararon que “la mayor previsibilidad y eficiencia de pagos al exterior redundará en mejoras de planificación, de operación financiera y de costos de las MiPyMEs, contribuyendo a una disminución en la tasa de inflación”.
En diálogo con Movant Connection, Germán Raña, presidente de la Asociación Argentina de Agentes de Carga Internacional (AAACI), sostuvo al respecto, “a partir de este nuevo gobierno, el contexto empezó a mejorar. Notamos una diferencia a favor en las nuevas reglamentaciones, ya que apareció la forma de pagar al exterior, que quizás no es la mejor, pero cuando llega el momento se puede pagar.
Fuente: Infobae