El Gobierno procedió a extender el plazo de validez de las Licencias No Automáticas (cuyo plazo es de 90 días corridos) siempre que existan razones fundadas para ello y el pedido de prórroga se presente con 15 días de antelación al vencimiento, mediante la Resolución 133/2020.
La novedad de la medida, publicada este miércoles (05.08.2020) en el Boletín Oficial, es que involucra también a Licencias automáticas que estén asociadas a una misma presentación con las No Automáticas, es decir, en una misma SIMI, en cuyo caso la prórroga otorgada a la licencia No Automática será extensiva a la Licencia Automática.
En los considerandos, se sostiene: “Que en los casos en los cuales en una misma declaración registrada en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) comprende tanto Licencias de Importación de tipo “Automática” como “No Automáticas”, la operatoria de las solicitudes de prórrogas de éstas últimas, ha demostrado dificultades de orden operativo material en relación al previo vencimiento del plazo de las Licencias Automáticas involucradas en la misma declaración.
Que, en consecuencia, por aplicación de los principios de razonabilidad y de sencillez de los procedimientos administrativos, corresponde efectuar los ajustes necesarios en la normativa aplicable, a los efectos de evitar el entorpecimiento de las operaciones de importación involucradas en los supuestos aludidos en el considerando precedente”.
En consecuencia, en la Resolución se determina:
“Artículo 12.- Las Licencias de Importación tendrán un plazo de validez de noventa (90) días corridos contados a partir de la fecha de su aprobación en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI). Dicho plazo podrá ser prorrogado por la Autoridad de Aplicación, a solicitud del interesado, con al menos quince (15) días de antelación a su vencimiento y por razones fundadas.
La prórroga que pudiera otorgarse del vencimiento de las Licencias de Importación No Automáticas, resultará extensivo al plazo de vigencia de las Licencias Automáticas que puedan estar incluidas en la misma declaración registrada en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI).
En estos supuestos, si el plazo de validez de la Licencia Automática se encuentra vencido, se entenderá que el otorgamiento de la prórroga implica su renovación, hasta su fecha de vencimiento”.
La presente medida comenzará a regir a partir del jueves 6 de agosto de 2020.
Fuente: Aduana News