“Exporta simple”. Nuevo avance en pos de la facilitación del comercio

Autor: Dr. Pedro Negri Aranguren

La realidad actual nos indica que para incrementar cualquier actividad económica es imprescindible que se prevean procedimientos ágiles y simplificados, que faciliten la operatoria comercial.

Siguiendo esa premisa, recientemente se puso en vigencia el régimen de exportación simplificada denominado “Exporta Simple”, que tiene por objeto facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía, con fines comerciales, a través de prestadores de servicio postal.

Lo que se busca es alentar la actividad exportadora de los pequeños productores, que necesitan, mayormente, simpleza operativa y menores costos.

Entonces ¿cómo se exporta simple?

El exportador sólo tiene que cargar los datos de su operación directamente en un portal web, donde podrá elegir las distintas opciones de precio que ofrecen los diferentes servicios de correos postales/couriers, debidamente inscriptos ante Aduana.

¡Así de simple! El exportador detalla la operación y elige el servicio postal/courier. Del resto, se encarga el servicio postal/courier contratado.

Tengan en cuenta que el exportador no necesita estar inscripto ante AFIP como importador/exportador, requiriendo solo tener su CUIT habilitada, mientras que los prestadores de servicios postales/couriers son los responsables de efectuar los registros de las operaciones de exportación ante el servicio aduanero, resultando ser una operación por cuenta y orden de terceros.

El servicio postal emite la factura de exportación de acuerdo al valor de la cotización indicada por el usuario en el portal web. Los reintegros de exportación que correspondan por la operación realizada serán transferidos por el servicio postal/courier al usuario, dentro de los 10 días hábiles contados a partir del pago de la AFIP, deduciendo de dichas sumas los impuestos que por derecho correspondan (las operaciones están alcanzadas por los derechos de exportación).

El nuevo régimen permite exportar hasta 300 kg por envío (cada bulto podrá pesar hasta 100 kg, cuyas dimensiones no superen un (1) metro de ancho, largo y alto) y hasta 15 mil dólares, con un tope anual de 600 mil dólares. Tengan en cuenta que hasta ahora sólo era posible realizar envíos de hasta 50 kg y mil dólares, con un tope de cinco operaciones anuales, sin finalidad comercial.

Este régimen no permite cancelar insumos ingresados mediante destinaciones suspensivas de importación temporaria, ni mercadería sujeta a precios revisables o concentrados de minerales.

El incumplimiento de los requisitos establecidos en este régimen responsabiliza al prestador del servicio postal y al sujeto beneficiario, respecto a la aplicación de las penalidades que correspondan.

Fuertes son los aires de simplificación de los procedimientos. Así como indicamos en un artículo anterior sobre los certificados de origen digital, la facilitación del comercio se ha convertido en un tema importante para el sistema mundial de comercio.

Fuente: For Export