Bienes de Capital: Vigencia de reducción al 2% del arancel Mercosur

BIENES DE CAPITAL – VIGENCIA DE REDUCCION AL 2% DEL ARANCEL MERCOSUR

Vigencia de la Reducción al 2 % del arancel Mercosur para importación de bienes de capital

Se encuentra vigente la Decisión N° 25 del Consejo del Mercado Común (Mercosur) de fecha 16 de julio de 2015 , por la cual se renovó con carácter excepcional y transitorio, la autorización a los Estados Parte, a fin de que puedan mantener los regímenes nacionales vigentes para la importación de bienes de capital, a partir del 1 de julio de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2021.

Es decir, los Estados Partes del Mercosur pueden mantener hasta el 31/12/2021, regímenes nacionales para la importación de bienes de capital.

Las posiciones arancelarias identificadas como Bien de Capital se encuentran en el Anexo I del Dec.100/12 y sus normas modificatorias posteriores.

A través del Decreto 2271/2015, la Argentina incorpora al ordenamiento jurídico la Decisión CMC N° 25 y y los listados de posiciones arancelarias que pueden ingresar desde extrazona con arancel diferencial de 2 % de derecho de importación.

Antecedentes: Dec.CMC 25/15 y Decreto .2271/15

Organismo : DIRECCION DE IMPORTACIONES (DEPENDIENTE DE LA DIRECCION NACIONAL DE FACILITACION DEL COMERCIO EXTERIOR) Director: Lic. Esteban Marzorati

A.I.E.R.A-Depto.Técnico-Comercial